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Resbalones y Caídas

Un caso de caída no es "me caí, ellos pagan". California le exige probar que el dueño de la propiedad sabía, o debió haber sabido, del peligro y no lo corrigió ni le advirtió. Es un caso más difícil que un choque de auto, y se gana o se pierde con evidencia que normalmente desaparece en treinta días. Esto es lo que implican estos reclamos, y lo que hacemos al respecto.

La respuesta corta

Para recuperar una compensación por una caída en California, usted debe demostrar que existía una condición peligrosa, que el dueño o el negocio sabía o debió haber sabido de ella, y que no la corrigió ni le advirtió en un tiempo razonable. El video de vigilancia de la tienda, los registros de limpieza y los reportes de incidente son la evidencia que prueba el conocimiento del peligro, y el video se sobrescribe de forma rutinaria en cuestión de días o semanas. Haber sido parcialmente descuidado usted mismo reduce su recuperación en lugar de excluirla. Las caídas en aceras y propiedad pública requieren un reclamo gubernamental por escrito dentro de seis meses; los demás reclamos deben presentarse dentro de dos años.

Lo que usted debe probar

Los dueños de propiedades y los negocios en California deben actuar con cuidado razonable para mantener sus instalaciones seguras e inspeccionarlas en busca de peligros. Para responsabilizar a uno de ellos por una caída, generalmente tiene que demostrar cuatro cosas:

  1. El demandado era dueño, arrendatario, ocupante o tenía el control de la propiedad. En un centro comercial puede ser la tienda, el arrendador o un contratista de mantenimiento, y a veces los tres.
  2. Existía una condición peligrosa. Un piso mojado, un escalón roto, una sección levantada del pavimento, falta de iluminación, un desnivel sin señalizar, un tapete suelto.
  3. El demandado sabía o debió haber sabido de ella, y no la reparó, no la protegió ni advirtió sobre ella dentro de un tiempo razonable.
  4. La condición causó su lesión.

El tercer elemento es donde se disputa casi todo caso de caída.

Conocimiento del peligro: toda la batalla

Una tienda no es automáticamente responsable porque había líquido en el piso. Es responsable si un empleado causó el derrame, si un empleado lo vio y no hizo nada, o si estuvo ahí el tiempo suficiente para que una inspección razonable lo hubiera encontrado. Esa última categoría, llamada conocimiento implícito (constructive notice), es donde la evidencia importa.

Bajo la ley de California, un negocio que no tiene una rutina razonable de inspección, o que no puede demostrar cuándo se revisó el área por última vez, puede ser considerado con conocimiento implícito precisamente porque no estaba vigilando. Por eso los registros de limpieza, los horarios de inspección y el lapso entre la última revisión registrada y su caída son centrales. Un negocio que inspeccionó el pasillo ocho minutos antes de que usted cayera tiene una defensa. Un negocio sin registro de haberlo inspeccionado en todo el día no la tiene.

Evidencia que desaparece

  • Video de vigilancia. La mayoría de las tiendas, supermercados y áreas comunes de apartamentos tienen cámaras. Los sistemas sobrescriben en ciclo, a veces en cuestión de días. Una solicitud de preservación por escrito debe llegar al dueño antes de que eso ocurra.
  • Registros de limpieza e inspección. Muestran si el área fue revisada y cuándo.
  • El reporte de incidente. Si usted reportó la caída, el negocio redactó uno. Pida una copia en ese momento; no siempre la obtendrá después.
  • Fotografías del peligro, tomadas antes de que lo limpien o lo reparen. Si usted no pudo tomarlas, alguien que lo acompañaba quizá lo hizo. Los zapatos que llevaba puestos también son evidencia; consérvelos.
  • Testigos, incluidos otros clientes y los empleados que atendieron el incidente.
  • Quejas y caídas anteriores en el mismo lugar, que prueban que el dueño sabía.

Si está leyendo esto pocos días después de una caída, lo más útil que puede hacer es que una carta de preservación del video llegue al dueño de la propiedad. Eso es lo primero que hacemos en cada caso de caída, normalmente el mismo día.

Dónde ocurren las caídas, y quién es responsable

Supermercados y tiendas
Derrames, frutas o verduras en el piso, áreas recién trapeadas sin señalización, mercancía en los pasillos, tapetes sueltos en las entradas.
Restaurantes y bares
Pisos mojados, escalones mal iluminados, superficies irregulares en patios.
Edificios de apartamentos
Escaleras y barandales rotos, escaleras poco iluminadas, fugas y pasillos agrietados. Los arrendadores son responsables de las áreas comunes y de los peligros que conocen dentro de las unidades.
Estacionamientos y garajes
Baches, topes de estacionamiento, bordillos sin señalizar y aceite. Normalmente es responsabilidad del arrendador y no de la tienda.
Aceras y propiedad pública
Losas de acera levantadas y bordillos rotos. Los reclamos contra una ciudad o un condado tienen un plazo de seis meses y una defensa de "defecto trivial" para diferencias de altura muy pequeñas.
Hoteles, gimnasios y piscinas
Superficies mojadas alrededor de la piscina, vestidores y áreas de equipos.

Identificar al demandado correcto importa porque cada uno puede tener su propia póliza, y porque el contrato de arrendamiento entre una tienda y su arrendador a menudo decide quién es responsable del estacionamiento o de la entrada. Nosotros leemos esos contratos.

Si usted fue parcialmente descuidado

Espere que la defensa argumente que usted estaba mirando su teléfono, que llevaba los zapatos equivocados, que caminaba demasiado rápido, o que el peligro era tan evidente que debió haberlo evitado. California aplica la culpa comparativa pura, de modo que esos argumentos reducen su recuperación según su porcentaje de responsabilidad en lugar de excluirla. Algunos de ellos los responde el video, que es otra razón para preservarlo: la versión de la defensa sobre cómo caminaba usted rara vez sobrevive a las imágenes.

Lo que un reclamo puede incluir

Gastos médicos
Atención de emergencia, estudios de imagen, cirugía por fracturas, fisioterapia y atención futura. Las caídas comúnmente producen lesiones de muñeca, cadera, rodilla, hombro y espalda, y lesiones en la cabeza cuando la caída es hacia atrás.
Ingresos perdidos
Salarios no percibidos y capacidad de ingresos reducida.
Dolor y sufrimiento
Dolor físico y la pérdida de actividades e independencia, que para clientes mayores puede ser significativa.
Servicios del hogar
Ayuda que necesita con tareas que ya no puede hacer por sí mismo durante la recuperación.

Plazos

Propiedad privada
Dos años a partir de la fecha de la caída.
Acera, parque, edificio u otra propiedad pública del gobierno
Seis meses para presentar un reclamo gubernamental por escrito antes de cualquier demanda.
Video
No hay plazo legal, pero a menudo desaparece en treinta días, y a veces en una semana.

Cómo manejamos un caso de caída

Somos honestos con los clientes de caídas desde la primera llamada: estos casos son más difíciles que los casos de auto, la defensa argumentará que el peligro era evidente y que usted no estaba mirando, y una caída sin video, sin reporte de incidente y sin testigos es difícil. Si el caso es débil, se lo diremos. Si es fuerte, el trabajo consiste en preservar la evidencia de inmediato, identificar a cada parte y cada póliza, y construir el argumento del conocimiento del peligro a partir de los propios registros del dueño.

  • Usted trata directamente con su abogado. El abogado designado para su caso revisa personalmente sus expedientes, le explica los siguientes pasos y lo mantiene informado. No hay un administrador de casos entre usted y su abogado.
  • Preparamos el expediente para juicio aunque la mayoría de los casos se resuelven por acuerdo. Si una resolución justa requiere presentar una demanda, nuestros abogados presentan y litigan el caso, e incorporan abogados litigantes adicionales cuando el caso lo requiere, siempre con su consentimiento por escrito.
  • No se cobran honorarios a menos que ganemos. Los honorarios y los costos del caso se establecen por escrito antes de que comience cualquier trabajo.

Más sobre cómo trabaja la firma.

Preguntas sobre resbalones y caídas

Me caí en una tienda. ¿No es la tienda automáticamente responsable?

No. California le exige demostrar que la tienda sabía o debió haber sabido del peligro y no lo corrigió ni le advirtió en un tiempo razonable. Una tienda que puede demostrar que inspeccionó el área poco antes de que usted cayera tiene una defensa. Una tienda sin rutina de inspección, o sin registro de haber revisado, puede ser considerada con conocimiento del peligro precisamente porque no estaba vigilando.

No reporté la caída en ese momento. ¿Es demasiado tarde?

Es más difícil, pero no necesariamente demasiado tarde. Repórtela ahora por escrito, busque atención médica si no lo ha hecho, anote exactamente qué pasó y quién estaba ahí, y conserve sus zapatos y cualquier fotografía. El video todavía puede existir si la solicitud se envía de inmediato.

La tienda dice que no tiene video. ¿Pueden hacer eso?

A veces las cámaras realmente no cubrían ese lugar. Pero si la tienda tenía video y permitió que se sobrescribiera después de que se le pidió preservarlo, un tribunal puede instruir al jurado para que asuma que habría perjudicado el caso de la tienda. Por eso una solicitud de preservación por escrito se envía desde el primer día.

Me caí en una acera pública. ¿Contra quién presento el reclamo?

Normalmente contra la ciudad o el condado, y a veces contra el dueño de la propiedad adyacente, según quién causó la condición y las ordenanzas locales. Debe presentarse un reclamo gubernamental por escrito dentro de seis meses, y las diferencias de altura muy pequeñas pueden considerarse defectos triviales que no sustentan un reclamo.

Estaba mirando mi teléfono cuando me caí. ¿Todavía tengo un caso?

Posiblemente. California aplica la culpa comparativa pura, de modo que su descuido reduce su recuperación según su porcentaje de responsabilidad en lugar de eliminarla. Si el peligro era uno que una persona razonable habría notado al caminar es una pregunta que el video a menudo responde.

Me caí en mi edificio de apartamentos. ¿Puedo demandar a mi arrendador?

En las áreas comunes como escaleras, pasillos y zonas de estacionamiento, el arrendador generalmente es responsable de los peligros que conocía o debió haber conocido. Dentro de su unidad, el arrendador es responsable de las condiciones que conocía, o que existían cuando usted se mudó, o que se comprometió a reparar. Con frecuencia aplican las pólizas del inquilino y del arrendador.

Fuentes de la información legal de esta página

Información general sobre la ley de California, verificada contra las fuentes enlazadas arriba; no es asesoría legal sobre su situación, y aplican excepciones.

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